La Aseguradora se obliga a resarcir los daños que sufra(n) o cause(n) en Territorio Mexicano exclusivamente, el (los) vehículo(s) Asegurado(s) descrito(s) en la Carátula y/o Especificación de la Póliza, durante la vigencia de la misma y cuyas coberturas aparezca(n) como amparadas en la Carátula y/o Especificación de la Póliza. Sólo serán válidas las reclamaciones de siniestros que ocurran durante la estancia del Asegurado en la república mexicana y dentro del periodo de vigencia de la póliza. Para que la cobertura de este seguro surta efecto, todo siniestro deberá ser reportado a la Aseguradora antes de abandonar la república mexicana.